Lo primero que permitió abrir la puerta a estas reformas en la ley, fue la Constitución de 1991: allí se reconoció el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de elección sexual, en condiciones de tratamiento igualitario. En la legislación colombiana también se encuentran reconocidos otros derechos para las parejas homosexuales, como las visitas carcelarias, el cambio de sexo y nombre, y la prestación del servicio militar, en la que además el sistema de salud de las Fuerzas Militares se encuentra en la obligación de reconocer a la pareja como beneficiario de salud y pensión, según sea el caso. Los derechos de adopción son parciales: uno de los individuos puede adoptar, pero la pareja como constitución familiar no puede hacerlo aún. Las parejas homosexuales han buscado sin resultados que la adopción infantil les sea permitida como familia, y que los protejan los mismos derechos que protegen a las parejas heterosexuales que deciden adoptar.
El sí para el matrimonio homosexual se dio el 11 de noviembre del 2010, en cabeza de la magistrada María Victoria Calle, se comenzó a discutir en la Corte Constitucional una acción interpuesta contra el artículo 113 del Código Civil, que dice que el matrimonio “es un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse”. Para los demandantes, tal definición viola los artículos 13 y 16 de la Constitución, que se refieren a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad. Calle recibió duras críticas de universidades, grupos ciudadanos y organizaciones cristianas, así como una férrea oposición del procurador Alejandro Ordoñez, quien se ha manifestado en numerosas ocasiones contrario al reconocimiento de derechos a la comunidad LGBTI.
Si bien la ponencia de 2010 no fue exitosa, sentó un precedente para exigir el reconocimiento del matrimonio y la familia homosexual, hasta que en 2013 llegó nuevamente al Senado. La discusión en plenaria en segundo debate se tenía programada para este martes, pero se aplazó una semana, por fallas en la señal de televisión para emitir la votación.
La aprobación del matrimonio igualitario permitiría extender todos los derechos patrimoniales a las parejas del mismo sexo, y formalizar sus uniones sin necesidad de los dos años de convivencia mínima reglamentaria en la unión marital de hecho. Tendrían las mismas características ante la ley que los matrimonios heterosexuales. En sí mismo, la palabra “matrimonio” puede ser usada en los documentos, pues hasta el momento no se utiliza en referencia a las parejas homosexuales.
Horas antes de iniciar la plenaria se pronunció la Conferencia Episcopal: pidió que no se aprobara el matrimonio igualitario, argumentando que los efectos negativos para la sociedad serían terribles y contribuirían al debilitamiento del matrimonio y de la institución familiar. Desde la contra parte, representantes de la comunidad LGBTI oficiaron ese mismo día matrimonios simbólicos en la Plaza de Bolívar, y fueron enfrentados por grupos que se definieron a sí mismos como “neonazis”.
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